Oficio Ordinario Nº 2787
Retención provisoria del artículo 73 de la Ley sobre Impuesto a la Renta en caso que indica
Tributación de servicios prestados por empresa extranjera.
Consulta sobre la tributación aplicable a la prestación de servicios de “asesoría de apoyo para la revisión de bases de licitación pública y anexos para la provisión de servicios tecnológicos de gestión de flota e información a personas usuarias como servicio complementario del Sistema de Transporte Público Metropolitano” que pretende contratar con una empresa extranjera, radicada en Suiza, sin sede en Chile
Atendida la existencia de un Convenio vigente, los
pagos constituirían, en principio, beneficios empresariales de acuerdo con el artículo 7 del
Convenio, por lo que sólo Suiza podrá gravar dichas rentas y, en consecuencia, el pagador de la
renta en Chile no queda obligado a efectuar retención alguna.
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