Print Friendly and PDF
Oficio Ordinario Nº 966
27 de marzo de 2023      |       Descargar

Normativa y Jurisprudencia Relacionada

  • LEY SOBRE IMPUESTO A LAS VENTAS Y SERVICIOS : ART. 2 N° 2, ART. 12 N° 13 LETRA B
  • LEY N° 21.420 : .

Materia

IVA en servicios prestados por agentes de aduana.

Consulta

Se ha consultado a la Dirección Nacional de Aduanas si
los agentes de aduana se encuentran obligados a facturar las exportaciones con IVA, considerando
que la Ley N° 21.420 no los exime de facturar con IVA cuando efectúan servicios de
exportación

Análisis

La actividad que desarrollan los agentes
de aduanas se encuentra gravada con IVA, salvo que se trate de servicios relacionados con la
exportación de productos, los cuales se encuentran exentos de dicho impuesto.

Últimas Entradas

  |  Contenido Normativo

Oficio Ordinario Nº  2162

En relación a los PPUA, las normas sobre determinación de los créditos de fuente extranjera y el crédito total disponible solicita confirmar los siguientes criterios:

  1. Se debe incorporar al SAC el crédito por impuestos finales originado por los impuestos pagados en el extranjero que se encuentran asociados al dividendo que se absorbe.
  2. Respecto al crédito de primera categoría asociado a la renta que no se imputa a la pérdida tributaria, se debe incorporar al SAC, en la parte del dividendo que supera el límite del 90% para el año 2021.
  3. Respecto al crédito por IDPC asociado a la renta que se imputa a la pérdida tributaria, sin derecho a devolución, se debe imputar en la declaración anual del impuesto a la renta y en caso de existir un excedente se debe reponer en el SAC.

Etiquetas más utilizadas