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Oficio Ordinario Nº 971
30 de marzo de 2023      |       Descargar

Normativa y Jurisprudencia Relacionada

  • LEY SOBRE IMPUESTO A LAS VENTAS Y SERVICIOS : ART. 12 LETRA B N° 10
  • DECRETO SUPREMO N° 991 DE 2020 DE MINISTERIO DE HACIENDA : .
  • CIRCULAR N° 55 DE 2020 ( : .

Materia

IVA aplicable a la transferencia de bienes adquiridos bajo la exención de IVA a la
importación de bienes de capital.

Consulta

Consulta sobre la aplicación de IVA a la transferencia
de bienes adquiridos bajo la exención de IVA a la importación de bienes de capital del N° 10 de la
letra B del artículo 12 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.

Análisis

Se informa que las empresas
contratistas encargadas de la construcción del proyecto no se beneficiarán con la exención de IVA
contenida en el N° 10 de la letra B del artículo 12 de la LIVS en la importación que efectúen a
nombre propio de bienes de capital incluidos en la resolución otorgada a la empresa
desarrolladora del proyecto por el Ministerio de Hacienda.

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Oficio Ordinario Nº  2162

En relación a los PPUA, las normas sobre determinación de los créditos de fuente extranjera y el crédito total disponible solicita confirmar los siguientes criterios:

  1. Se debe incorporar al SAC el crédito por impuestos finales originado por los impuestos pagados en el extranjero que se encuentran asociados al dividendo que se absorbe.
  2. Respecto al crédito de primera categoría asociado a la renta que no se imputa a la pérdida tributaria, se debe incorporar al SAC, en la parte del dividendo que supera el límite del 90% para el año 2021.
  3. Respecto al crédito por IDPC asociado a la renta que se imputa a la pérdida tributaria, sin derecho a devolución, se debe imputar en la declaración anual del impuesto a la renta y en caso de existir un excedente se debe reponer en el SAC.

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