Cómo se gravan el patrimonio y la herencia en Chile 

En Chile no existe un impuesto anual sobre todo el patrimonio de una persona, pero sí varios impuestos que implican tributos sobre él, por partes.  

En 2022 se propuso un impuesto al patrimonio, con tasas progresivas de 1% a 1,8% sobre los que ascendieran por sobre los $5.000 millones, pero no prosperó. Se optó, en su lugar, por gravar bienes específicos: de lujo, inmuebles de alto valor y el capital propio de las empresas.  

2. Los impuestos que sí alcanzan al patrimonio 

Impuesto Qué grava Dato clave 
Bienes de lujo Autos, aviones, helicópteros y yates de alto valor 2% anual sobre el valor de mercado 
Contribuciones y sobretasas Bienes raíces La sobretasa parte cerca de $600 millones de avalúo fiscal total. No afectan a la vivienda principal propiedad de personas mayores de 65 años. 
Patente municipal El capital propio de quien realiza una actividad comercial o profesional Puede alcanzar montos anuales altos, su tasa va de 0,25% a 0,5% dependiendo de la municipalidad donde se desarrolle la actividad. 
Herencias, asignaciones y donaciones Traspaso de patrimonio entre generaciones Ver secciones 5 y 6 

3. Bienes de lujo 

Se paga en abril de cada año un 2% del valor de mercado de ciertos bienes inscritos en Chile al 31 de diciembre anterior. Lo creó el artículo 9 de la Ley 21.420, que financia la Pensión Garantizada Universal, y el SII lo cobró por primera vez en abril de 2023.  

El dueño paga; si hay varios dueños, el impuesto se gira solo a uno. El SII publica cada año la nómina de bienes y sus valores. 

Bien Desde cuánto se paga 
Autos, station wagons y similares 62 UTA (unos $53,9 millones) 
Yates 122 UTA (unos $106,1 millones) 
Helicópteros y aviones tripulados de más de 160 kilos 122 UTA (unos $106,1 millones) 

No pagan los bienes del Fisco ni de las municipalidades. Tampoco los bienes que una empresa dedicada a ciertas actividades o usa en forma indispensable para su giro, como los aviones de una aerolínea; y existen exenciones, como por ejemplo, los yates a vela usados por deportistas, que tienen una exención propia.  

4. Bienes raíces: contribuciones y sobretasa 

Además de las contribuciones, quien tiene muchas propiedades puede pagar una sobretasa de contribuciones sobre el patrimonio inmobiliario total. Aplica cuando la suma de los avalúos fiscales de todos sus inmuebles supera unos $600 millones. Es progresiva, con tasas entre 0,075% y 0,425%, y cuenta también la parte que se tiene en copropiedad. El SII la calcula y la cobra junto con las contribuciones. Estos impuestos no se aplican sobre los ingresos de la persona, sino sobre el inmueble.  

Cabe destacar que las modificaciones tributarias de la Ley 21.850 recientemente aprobada declaran exentas de contribuciones y sobretasa la vivienda principal de personas mayores de 65 años sujeta a ciertos requisitos. 

5. Herencias y donaciones 

El impuesto a las herencias, asignaciones y donaciones es el principal impuesto del traspaso de patrimonio entre generaciones. Se explican tres puntos que cambian el resultado. 

  • Modificaciones tributarias de 2026: Propone bajar por 12 meses la tasa del impuesto a donaciones y herencias a la mitad. Es recomendable analizar si es una oportunidad para ordenar y adelantar la sucesión.  
  • Terrenos con bosque nativo: Los terrenos de capacidad forestal con al menos 30% de bosque nativo están exentos del impuesto a herencias y donaciones. Desde el Oficio 771 del SII, esto vale también cuando los terrenos pertenecen a una sociedad cuyos derechos se heredan o donan. Antes, el Oficio 1454 de 2013 lo impedía. 
  • Valorización de bienes: Para determinar la base imponible, los bienes del causante se valoran, por regla general, según su valor de mercado a la fecha de fallecimiento. Excepcionalmente los inmuebles se valoran según su avalúo fiscal, siempre que sean de propiedad personal del causante o de sociedades de responsabilidad limitada en que este sea socio. 

6. Seguros de vida y herencia 

Desde febrero de 2022, el dinero que un beneficiario recibe de un seguro de vida por la muerte del asegurado paga impuesto a la herencia. La Ley 21.420 eliminó la exención anterior. Quedan fuera, entre otros, el seguro de invalidez y sobrevivencia de las AFP, los seguros de desgravamen hipotecario, las rentas vitalicias de fondos de AFP y el ahorro previsional voluntario, que tributa con 15%. También quedan fuera los seguros de daños, los dotales y los de accidentes personales. 

La compañía de seguros descuenta el impuesto antes de pagar. Quien recibe un solo seguro no debe hacer nada más. Quien recibe dos o más debe hacer una declaración única y reliquidar.  

Los contratos cerrados hasta el 3 de febrero de 2022 mantienen el trato anterior, exento de impuesto a la herencia, si no se han modificado desde esa fecha. El SII puede revisar seguros con condiciones fuera de mercado o hechos para evitar el impuesto.  

7. Si la familia tiene bienes o negocios fuera de Chile 

La Operación Renta no termina con el formulario 22: quien tiene inversiones en el exterior debe presentar declaraciones juradas internacionales hasta el 30 de junio de cada año. Omitirlas o presentarlas mal puede traer multas y observaciones al formulario 22. 

Declaración Qué informa 
DJ 1929 Todas las inversiones fuera de Chile al 31 de diciembre, aunque no hayan dado rentas 
DJ 1930 Deudas con acreedores externos (control de intereses) 
DJ 1952 Trusts extranjeros: quien los creó, el trustee y los beneficiarios con residencia en Chile 
DJ 1907, 1913 y 1950 Grupos multinacionales: operaciones entre partes relacionadas, estructura y archivo maestro 
DJ 1963 y 1964 Criptoactivos: las informan las plataformas, no la persona 

Las rentas del exterior de la Declaración Jurada 1929 deben calzar con las líneas 12 y 13 del formulario 22. El SII detecta las diferencias en forma automática y las cruza con información internacional. Las Declaraciones Juradas de 1907, 1937, 1950 y 1951 admiten una prórroga de hasta 3 meses. 

Chilenos con ciudadanía estadounidense  

Quien nació en Estados Unidos de padre o madre chilenos tiene ambas nacionalidades. Estados Unidos tributa las rentas de sus ciudadanos viva donde viva, así que se puede estar en incumplimiento sin saberlo. El riesgo es mayor en reorganizaciones patrimoniales, por las reglas sobre sociedades extranjeras controladas por ciudadanos estadounidenses. Existen vías para regularizar de buena fe y, en ciertos casos, renunciar a la ciudadanía.  

Preguntas frecuentes 

¿Hay impuesto al patrimonio en Chile? No hay un impuesto anual sobre todo el patrimonio. Existen impuestos sobre bienes específicos: bienes de lujo, inmuebles de alto valor y capital propio afecto a patente municipal. 

¿Cuánto se paga por un auto, yate o avión de lujo? Un 2% anual del valor de mercado, si el bien supera el umbral que fija la ley y está inscrito en Chile al 31 de diciembre. El pago se hace en abril. 

¿Desde cuándo se paga sobretasa por tener muchas propiedades? Cuando la suma de los avalúos fiscales de todos los inmuebles de una persona supera cerca de $600 millones. 

¿Pagan impuesto los seguros de vida que recibe la familia? Sí, desde febrero de 2022 pagan impuesto a la herencia, con excepciones como los seguros de desgravamen hipotecario y el ahorro previsional voluntario. 

¿Cómo aplica el impuesto a la herencia en terrenos con bosque nativo? Los terrenos de capacidad forestal con al menos 30% de bosque nativo están exentos, si CONAF lo certifica. La CONAF tiene 60 días para responder. 

¿Tengo que declarar mis inversiones en el exterior aunque no haya habido ingresos? Sí, la Declaración Jurada 1929 exige informar todas las inversiones fuera de Chile al 31 de diciembre, hasta el 30 de junio. 

¿Un chileno nacido en Estados Unidos paga impuestos allá? Estados Unidos tributa a sus ciudadanos, sin dependencia de donde vivan. Hay vías para regularizar de buena fe. 

José Luis Campino, asociado tributario de Fischer y Cía. 

Recibe nuestras alertas legales