A un paso del Convenio Tributario con EE.UU. 

El 22 de junio el Congreso norteamericano aprobó finalmente el Convenio para evitar la doble tributación con nuestro país. Con eso, solo queda la aprobación por parte del Congreso chileno, ya que Estados Unidos incluyó reservas al Convenio, las que no fueron consideradas en el texto en Chile en el año 2015. De hecho, éstas fueron entregadas a la cancillería chilena el martes 8 de agosto, a través de una nota diplomática. 

 La aprobación del Convenio Estados Unidos-Chile es de especial relevancia para nuestro país, puesto que le permitiría posicionarse como un centro de inversión y como holding de entrada de capitales desde Estados Unidos a Latinoamérica, haciendo competencia a México, especialmente en consideración a la extensa red de tratados que Chile tiene con otros países de la región (en Sudamérica, Estados Unidos sólo tiene otro convenio vigente con Venezuela).  

 A su vez, esto traerá variados beneficios y oportunidades a empresas chilenas invirtiendo en los Estados Unidos, y viceversa. En particular, beneficiaría a los fondos de pensiones chilenos que inviertan en Estados Unidos, los que podrían recibir dividendos desde las compañías en las que inviertan libres de impuestos de retención. Ello debiera ser altamente ventajoso para la rentabilidad de los mismos y permitirá afianzar la participación de los fondos de pensiones chilenos en el mercado norteamericano. 

Adicionalmente, y entre otros, reducirá las tasas de impuestos de retención aplicables sobre remesas realizadas entre ambos países por conceptos tales como servicios, intereses o regalías; facilitará la posibilidad de utilizar como crédito los impuestos pagados en el otro Estado contratante; aumentará la cantidad de créditos por impuestos pagados en el extranjero disponibles en Chile (por ejemplo, por impuestos pagados sobre intereses); y establecerá de manera permanente la posibilidad de usar la totalidad del impuesto de primera categoría soportado por la empresa contra el impuesto adicional que grave los dividendos remesados desde Chile a Estados Unidos (posibilidad que en el caso de Estados Unidos, de otra manera, se encontraría vigente solo hasta el año 2026). 

Así las cosas, es de esperar que la aprobación final del Convenio para Evitar la Doble Tributación entre Chile y Estados Unidos sea lo más expedita posible, para que nuestras empresas y economía puedan comenzar a beneficiarse de las incontables ventajas generadas por el mismo a la brevedad. 

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