Proyecto de ley: Modernización del uso de la firma electrónica avanzada y fortalecimiento de documentos electrónicos 

El día martes 2 de junio el Ejecutivo presentó ante la Cámara de Diputados un proyecto de ley que busca modificar la Ley N° 19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación, junto con otros cuerpos legales relacionados.  

El proyecto tiene como objetivo modernizar el marco normativo aplicable a la firma electrónica avanzada (FEA) y reducir las exigencias de presencialidad, facilitando las transacciones digitales, disminuyendo los costos asociados y fortaleciendo la seguridad jurídica de los documentos electrónicos.  

La iniciativa se estructura en base a tres ejes:  

El primero es la facilitación de trámites y la reducción de la presencialidad notarial cuando ésta tenga por único objeto autorizar o certificar firmas. Dicho requisito podrá cumplirse mediante FEA con sellado de tiempo, facilitando la celebración de actos y contratos a distancia, en beneficio de las micros, pequeñas y medianas empresas, y de los usuarios del comercio electrónico.  

No obstante, cabe señalar que la propuesta no aplica a aquellas actuaciones en que la ley exige la intervención sustantiva de los notarios y ministros de fe, excluyendo, entre otras, la comparecencia personal, la verificación de antecedentes o el cumplimiento de otras exigencias legales, como el pago de ciertos impuestos.   

El segundo eje es el fortalecimiento del marco jurídico de la FEA en el ámbito privado, incorporando dos nuevos conceptos: la “marca de tiempo” y el “sellado de tiempo” como mecanismos para determinar de manera fehaciente el momento de suscripción de los documentos electrónicos mediante la intervención de un prestador acreditado.  

Por último, el tercer eje es el fortalecimiento de la certeza jurídica y del valor probatorio de los documentos en formato electrónico, reconociendo su valor conforme a las reglas generales, e incorporando criterios referidos a la acreditación de la fecha cierta. Además, el proyecto incorpora un mecanismo específico de verificación para los casos de impugnación de documentos electrónicos suscritos con FEA en sede judicial, mediante la intervención de prestadores de servicios de certificación. 

Asimismo, la iniciativa busca incorpora otras disposiciones complementarias. 

En primer lugar, reafirma la equivalencia entre los documentos en formato electrónico suscritos con FEA y aquellos en soporte papel, regulando expresamente su valor probatorio respecto de su fecha, la que hará plena fe cuando cuente con sellado de tiempo. 

En segundo lugar, dispone expresamente que, para que un documento electrónico tenga la calidad y produzca los efectos de un instrumento público, necesariamente deberá estar suscrito mediante FEA y contar con marca de tiempo inclusive.  

Finalmente, el proyecto busca digitalizar los títulos de crédito, como las letras de cambio y los pagarés, permitiendo que estos instrumentos puedan emitirse, circular y protestarse siempre y cuando estén suscritos con FEA y cuenten con sellado de tiempo. Asimismo, se les confiere mérito ejecutivo sin necesidad de reconocimiento previo, equiparándolos en cuanto a su exigibilidad a aquellos en soporte papel.  

Actualmente, el proyecto está en su primer trámite constitucional en la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados y, al contar con urgencia simple, debe ser discutido dentro de un plazo máximo de 30 días.  

Para preguntas o mayor información sobre este tema, puede contactar a nuestro equipo legal corporativo. 

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