¿Cómo apelar a una resolución del SII?

La resolución es un acto administrativo formal mediante el cual el Servicio de Impuestos Internos (SII) decide sobre una materia especifica. Por ejemplo: puede autorizar, sancionar, fijar procedimientos, delegar facultades, resolver peticiones o crea regímenes especiales de manera formal. En algunos casos la resolución es el resultado de una revisión o fiscalización y puede establecer, diferencias o ajustes tributarios con respecto a lo declarado por el contribuyente.

A diferencia de una liquidación o un giro, una resolución no siempre implica que exista una deuda tributaria.

El SII emite resoluciones para:

  • Aprobar solicitudes.
  • Rechazar devoluciones.
  • Denegar peticiones administrativas.
  • Resolver procedimientos específicos.
  • Autorizar o rechazar determinadas actuaciones.

Estas decisiones se materializan mediante actos específicos, como liquidaciones, giros o resoluciones administrativas, cada cual con plazos y mecanismos de impugnación propios.

Liquidación

Éste suele ser el principal acto que se reclama después de una fiscalización y una citación y es el documento mediante el cual el SII informa al contribuyente que existe una diferencia entre los impuestos declarados y los que estima que debieron declararse.

La recomendación es verificar si el SII consideró todos los antecedentes aportados, revisar los cálculos e identificar errores de interpretación legal. Asimismo, reunir toda la documentación de respaldo, como la citación original (si hubo), la respuesta presentada, facturas, boletas, contratos, cartolas o cualquier documento que respalde la posición del contribuyente.

Señales de alerta:

  • Diferencias de IVA que impliquen montos significativos para la empresa o que afecten varios períodos tributarios.
  • Gastos rechazados.
  • Diferencias de Impuesto a la Renta.
  • Operaciones con empresas relacionadas.
  • Utilización de créditos tributarios.

En estos casos resulta recomendable obtener asesoría especializada. Si el contribuyente no objeta a tiempo la liquidación mediante los mecanismos que contempla la ley, como la Reposición Administrativa Voluntaria (RAV) o el reclamo ante el Tribunal Tributario y Aduanero, o no cuenta con antecedentes suficientes para respaldar su posición, el SII podrá mantener las diferencias determinadas y avanzar hacia las etapas siguientes del procedimiento, incluido el giro y el cobro de los impuestos correspondientes.

Siguientes pasos

Si la liquidación se mantiene, el SII podría emitir un giro correspondiente, mediante el cual formaliza el cobro de los impuestos que considera adeudados, con los reajustes, intereses y multas que procedan.

Si el contribuyente no presenta un reclamo dentro del plazo legal o si este es rechazado, el procedimiento de cobro podrá continuar de acuerdo con las reglas generales del Código Tributario.

Resoluciones administrativas

Las resoluciones administrativas son decisiones del SII que no necesariamente determinan una deuda tributaria. Pueden referirse a solicitudes presentadas por contribuyentes, devoluciones de impuestos, beneficios tributarios, registros administrativos, peticiones especiales y procedimientos de fiscalización específicos.

Se trata de decisiones formales del SII que pueden aprobar o rechazar solicitudes realizadas por los contribuyentes, como devoluciones de impuestos, beneficios tributarios o condonaciones de multas e intereses.

Las más comunes son el rechazo de: devolución de impuestos, de condonación de multas e intereses y de solicitudes administrativas del contribuyente.

Plazos

El artículo 124 del Código Tributario establece que las liquidaciones, giros y determinadas resoluciones pueden reclamarse dentro de un plazo general de 90 días desde su notificación. Si la resolución afecta el pago de un impuesto o los elementos que sirven de base para determinarlo, puede reclamarse ante los Tribunales Tributarios y Aduaneros.

Para más información o asesoría en este tema, puede contactar a nuestro equipo de Auditoría Tributaria, Unitax.

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