Oficio Ordinario Nº 3132
Emisión de nota de débito de acuerdo al artículo 29 de la Ley N° 18.591 cuando activos sean insuficientes.
Emisión de nota de débito de acuerdo al artículo 29 de la Ley N° 18.591 cuando activos sean insuficientes.
Registro y recuperación de crédito fiscal proveniente de nota de débito recibida en 2015, en procedimiento concursal de liquidación.