Oficio Ordinario Nº 3131
Capital propio tributario de sociedades que serán absorbidas en un proceso de fusión, para efectos
de aplicar el artículo 15 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
Capital propio tributario de sociedades que serán absorbidas en un proceso de fusión, para efectos
de aplicar el artículo 15 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
Pronunciamiento relativo a fusión con empresa extranjera