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Oficio Ordinario Nº 967
27 de marzo de 2023      |       Descargar

Normativa y Jurisprudencia Relacionada

  • LEY SOBRE IMPUESTO A LAS VENTAS Y SERVICIOS : ART. 12 LETRA E N° 20
  • LEY N° 16.744 : ART. 29 LETRA F
  • LEY N° 21.420 : .

Materia

Exención de IVA a servicios de cuidados domiciliarios.

Consulta

Consulta sobre la aplicación de la exención contenida en el N° 20 de
la letra E del artículo 12 de la Ley sobre Impuestos a las Ventas y Servicios (LIVS) a los cuidados
domiciliarios del Seguro de la Ley N° 16.744.

Análisis

Los servicios de cuidados domiciliarios a trabajadores beneficiarios del seguro
social de la Ley N° 16.744 se benefician con la exención contenida en el N° 20 de la letra E del
artículo 12 de la LIVS.