Oficio Ordinario Nº 262
Tratamiento tributario de modificaciones efectuadas a contratos de mutuo suscritos antes del
01.01.2015.
Contratos por servicios exentos de IVA celebrados antes del 1° de enero de 2023.
De acuerdo con su presentación, señala que la Circular N° 50 de 2022 no especifica si todos aquellos contratos celebrados antes del 1° de enero de 2023, con servicios exentos de IVA, y vigentes con posterioridad a esa fecha, mantendrán dicha exención.
Al respecto el Servicio señala que independientemente de la fecha de celebración de los contratos referidos en su consulta, si estos versan sobre servicios que se encontraban exentos antes del 1° de enero de 2023, y cumplen
los requisitos legales para dicha exención, mantienen su tratamiento tributario.
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