Oficio Ordinario Nº 262
Tratamiento tributario de modificaciones efectuadas a contratos de mutuo suscritos antes del
01.01.2015.
Exención de IVA contenida en el N° 4 del artículo 13 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y
Servicios en servicio de administración de plataforma educativa.
Se trata de una empresa que presta servicios remotos y online en la construcción y mejora de cursos en línea, los servicios comprenden las siguientes prestaciones: administrar plataforma, la que se actualiza una vez al año en colaboración con el DTIC del servicio; gestión de usuarios y matrícula de estudiantes en cursos; gestión de curso que incluye la modificación, actualización y creación de material educativo.
El N° 4 del artículo 13 de la LIVS libera de IVA a los establecimientos de educación por los ingresos que perciban en ejercicio de su actividad docente propiamente tal, sin embargo, según se desprende de la descripción del servicio y de los documentos acompañados, el servicio consiste meramente en la administración y mantención de una plataforma educativa, siendo inaplicable la exención establecida en el N° 4 del artículo 13 de la LIVS.
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Tributación de servicios prestados por empresa extranjera.
Cálculo de tasa variable de pago provisional mensual en caso que indica.