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Oficio Ordinario Nº 1611
31 de mayo de 2023      |       Descargar

Normativa y Jurisprudencia Relacionada

  • Ley sobre de Impuestos a la Renta : art 14 letra a) n°2 letra c, art 14 letra d) n°8, art 56 n°3, art 63
  • DFL N° 341 de 1977 : art 23, art 5
  • Ley 21.210 de 2020
  • Circular N°60 de 2020

Materia

Tratamiento tributario de rentas retiradas desde empresa que opera bajo régimen de zona franca en Punta Arenas.

Consulta

AAA Ltda., compuesta por seis socios personas naturales, es la única dueña de YYY SpA y que opera bajo el régimen de zona franca en Punta Arenas.
Tras agregar que las rentas retiradas desde de YYY SpA ingresarían como rentas exentas de IDPC a AAA Ltda., registrándose en el REX de esta última
empresa, e indicar que uno de los beneficios de las empresas instaladas en zona franca es que los socios pueden reconocer en su impuesto global complementario (IGC) un crédito equivalente a un 50% del IDPC que debería haber pagado la empresa, consulta si los socios personas naturales de
AAA Ltda. pueden utilizar el beneficio del crédito del 50% cuando retiren las utilidades exentas del IDPC provenientes de YYY SpA o si pueden acceder a ese beneficio solo si los socios de YYY Ltda.(sic) fueran personas naturales.

Análisis

Al respecto, se señala que los propietarios de empresas acogidas al sistema de transparencia tributaria establecido en el N° 8 de la letra D) del artículo 14 de la LIR tienen derecho a utilizar el 50% del crédito para
determinar sus impuestos finales, considerándose para ese sólo efecto que la base imponible de la empresa ha estado gravada con el IDPC4
.
El sistema de transparencia tributaria requiere, según lo dispuesto en el párrafo primero del N° 8 de
la letra D) del artículo 14 de la LIR, que los propietarios de la empresa sean exclusivamente contribuyentes de impuestos finales durante el ejercicio respectivo, incluyendo a los contribuyentesque se encuentren en el tramo exento de IGC.
En el caso en análisis, la sociedad YYY SpA, que opera en zona franca, tiene como único socio a una sociedad de responsabilidad limitada, de modo que no cumple los requisitos para acogerse al mencionado sistema de transparencia tributaria.

Por lo tanto, los socios, no pueden utilizar el crédito del 50% establecido en el inciso segundo del artículo 23 del DFL N° 341 al retirar rentas exentas del IDPC
que provengan de la sociedad YYY SpA.