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Oficio Ordinario Nº 1341
4 de mayo de 2023      |       Descargar

Normativa y Jurisprudencia Relacionada

  • Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios : art 2 n°2, art 12 letra e n°20

Materia

IVA en tratamiento de fotodepilación o fotocoagulación pilosa

Consulta

Se ha solicitado un pronunciamiento sobre la procedencia de la exención contenida en N° 20 de la letra E del artículo 12 de la LIVS a tratamientos de fotodepilación o fotocoagulación pilosa prestados por clínicas de salud dermatológica.

Análisis

Atendido que la depilación láser no se encuentra en las nóminas MAI y MLE,
es necesario determinar si, para efectos tributarios, dichas prestaciones pueden asimilarse o comprenderse dentro de una prestación que sí se encuentre incluida en las citadas nóminas.
Al respecto, no se debe perder de vista que la exención analizada beneficia únicamente a prestaciones de salud, por lo que, por ejemplo, aquellas prestaciones que, no estando incluidas en
las nóminas, además tengan un objetivo meramente estético, no califican para los efectos de la exención.

En consecuencia, la actividad de encuentra afecta a IVA.