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Oficio Ordinario Nº 1143
30 de marzo de 2022      |       Descargar

Normativa y Jurisprudencia Relacionada

  • IMPUESTO A LAS HERENCIAS, ASIGNACIONES Y DONACIONES : ART. 18, N°2, ART. 24, ART. 46, LETRA A), ART. 52
  • CIRCULAR N° 19 DE 2004
  • CIRCULAR N° 33 DE 2021

Materia

Sujeto pasivo y determinación del impuesto a las donaciones.

Consulta

Un contribuyente “compró” un bien raíz adquiriéndolo para otra persona, no habiendo pagado el impuesto a las donaciones, por lo que solicita información sobre el pago del
señalado impuesto, así como su monto y sujeto pasivo.

Análisis

En el caso no es posible determinar si el acto jurídico celebrado configura una donación gravada con el impuesto del ramo.

Sin perjuicio de lo anterior, cabe señalar que el impuesto a las donaciones se encuentra regulado en la Ley N° 16.271, y para la estimación de los bienes donados y la determinación del impuesto deben observarse las mismas reglas que para los bienes heredados o legados en lo que les sea aplicable.