El proyecto de ley contenido en el boletín N°14.111-05 busca incorporar un nuevo artículo 85 bis al Código Tributario, en el que se establecería una obligación para bancos e instituciones financieras -fiscalizadas y supervisadas por la CMF- de entregar información al Servicio de Impuestos Internos (“SII”) respecto de los saldos y abonos mensuales cuando registren un movimiento diario, semanal o mensual, igual o superior a 1.500 Unidades de Fomento, sin atender para estos efectos al número de titulares a que pertenezcan. Todo esto, debería informarse en marzo de cada año, respecto del año calendario anterior.
Se considerarían, para estos efectos, cuentas corrientes, de depósito, de custodia; contratos de seguro con o sin valor de rescate y los contratos de anualidades, los que tendrían una definición legal para efectos de su delimitación. Además, se debería entregar información sobre los titulares de las cuentas financieras, controladores de dichos titulares, o beneficiarios finales, con independencia de si se trata de personas naturales, jurídicas, patrimonios de afectación u otras entidades, siempre que tengan domicilio o residencia en Chile o que se hayan constituido o establecido en el país.
El incumplimiento de esta obligación sería sancionado con una multa equivalente a 1 Unidad Tributaria Anual (“UTA”) por cada una de las cuentas respecto de las cuales se infrinja cualquiera de los deberes señalados, con un tope anual de 500 UTA. Pero, si transcurre el plazo de un mes desde que la institución financiera es notificada del incumplimiento, sin que ésta haya entregado la información, no se aplicaría dicho límite.
Por otra parte, la entrega de información maliciosamente falsa por parte del titular de la cuenta o sus controladores a la institución financiera será sancionada con la pena de presidio menor en sus grados medio a máximo y con una multa de hasta 40 UTA.
El objetivo de esta iniciativa es entregar información al SII que permita el desarrollo de mejores planes de fiscalización y así, combatir la elusión y evasión tributaria sin generar efectos negativos en la recuperación económica. La información a la que accedería el SII tendría el carácter de reservada y no podría ser divulgada en forma alguna, pudiendo ser utilizada únicamente para cumplir con los objetivos de fiscalización que le son propios.
A partir de las 16:00 horas comenzará la discusión en general del proyecto en el Senado, para luego pasar a la votación sobre si se aprueba o no la idea de legislar al respecto.
Más información: