Operación Renta: Actualizaciones, nuevas obligaciones y declaraciones 

La Operación Renta correspondiente al Año Tributario 2026 incorporará cambios relevantes instruidos por el Servicio de Impuestos Internos (SII), tanto en el calendario de cumplimiento como en las Declaraciones Juradas y registros que alimentan el Formulario 22.

Dentro de las novedades a las que deberán someterse empresas y contribuyentes para el correcto cumplimiento tributario del proceso 2026, destacan:

  1. Calendario oficial de Declaraciones Juradas

El SII estableció el calendario aplicable al AT 2026 mediante la Resolución Exenta N° 123 del 25 de septiembre de 2025. Este instrumento fija los plazos de presentación de las Declaraciones Juradas (DJ) y ordena el ciclo de cumplimiento previo a la presentación del Formulario 22.

Tal como ocurre cada año, el período de entrega de DJ se concentra entre marzo y junio, con una carga especialmente significativa durante marzo. Exceptuando la DJ 1959 que presenta dos fechas de vencimiento distintas, el 30 de enero y 31 de julio, lo que responde a obligaciones diferenciadas contempladas bajo el mismo número de formulario.

  1. Nuevas DJ e instrucciones

El conjunto de Resoluciones Exentas N° 104 a 114, publicadas el 26 de agosto de 2025, introduce modificaciones estructurales y de contenido a diversas declaraciones, y crea nuevas obligaciones de reporte.

Nuevas declaraciones (DJ 1960 a 1964): incorporan nuevas DJ destinadas a recabar información detallada sobre:

– Operaciones financieras.

– Fondos de inversión.

– Contratos de leasing.

– Activos digitales.

El objetivo es fortalecer la disponibilidad de antecedentes que luego se contrastan con la información declarada en el Formulario 22 y con los datos entregados por terceros. El 14 de febrero el SII comenzará a publicar estas nuevas DJ; entonces se contará con la información precisa que debe contener cada una de ellas.

  1. Cambios en declaraciones tradicionales

Para el AT 2026, el SII actualizó las instrucciones de declaraciones históricas, entre ellas:

– DJ 1887, relacionada con remuneraciones.

– DJ 1835, sobre bienes raíces arrendados.

– DJ 1926, que determina la base imponible de Primera Categoría.

Sin embargo, estas no son las únicas obligaciones que se ven afectadas. Puesto que la Resolución Exenta N° 104 introduce modificaciones a un conjunto más amplio de DDJJ, entre las que se encuentran, por ejemplo, las DJ 1820, 1829, 1866, entre otras. Estas actualizaciones consideran cambios en los formatos, nuevos campos obligatorios y ajustes en las reglas de validación aplicables a cada declaración.

  1. Implementación de la Ley 21.713

La Ley 21.713, que introdujo mejoras en los mecanismos de cumplimiento tributario, se refleja en diversas instrucciones emitidas por el SII para este ciclo. Entre los ámbitos abordados se encuentran los estándares para la aptitud del gasto, los criterios de clasificación de ingresos, los parámetros aplicables al Capital Propio Tributario (CPT) y los requisitos de coherencia documental y trazabilidad entre registros contables, societarios y tributarios.

Estas directrices forman parte del análisis que el SII aplica durante la etapa de revisión y fiscalización preventiva.

  1. Nuevas exigencias para trabajadores independientes y emprendedores
  • Aumento progresivo en la retención de boletas de honorarios

A partir de 2026, la retención aplicada a quienes emiten boletas de honorarios aumenta desde el 14,5% al 15,25%. Este porcentaje seguirá incrementándose gradualmente hasta llegar al 17% en 2028, según el calendario establecido en la Ley 21.133.

Este ajuste busca asegurar que los trabajadores independientes accedan a coberturas previsionales equivalentes a las de los trabajadores dependientes, incluyendo: asignaciones familiares, seguro social, protección frente a accidentes laborales y enfermedades profesionales, pensiones, acceso al sistema de salud y seguro de acompañamiento (Ley SANNA).

  • Obligación de formalizar inicio de actividades ante el SII

Desde el 2 de enero de 2026, las personas y empresas que desarrollen actividades económicas de forma habitual deben acreditar el inicio de actividades ante el SII para poder operar con plataformas de pago electrónicas, Marketplace, proveedores de medios de pago, instituciones públicas y privadas, y entidades financieras.

Para facilitar la transición hacia la formalidad, el SII dispone de diversas plataformas y mecanismos de acompañamiento, entre ellos, el sitio web del SII, la plataforma Capacita SII y el portal Mi Negocio Cumple.

  • Excepciones a la obligación de formalización

La normativa establece que quedan exceptuadas:

– Personas que desarrollen actividades de subsistencia con ingresos de hasta 5 UTM

– Ferias libres, quienes dispondrán del primer semestre de 2026 para sumarse a los registros correspondientes

Es importante que las empresas se anticipen y se organicen para hacer frente a estas responsabilidades y cambios. Una asesoría bien informada puede ser un gran aliado al momento de cubrir los nuevos requerimientos, cumpliendo así con la normativa y evitando sanciones asociadas.

Para preguntas sobre la Operación Renta AT2026, puede contactar a nuestro equipo de Contabilidad y Cumplimiento Tributario de Unitax.

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