La creación de un nuevo portal digital y público de donaciones, ampliar los fines de las donaciones y los beneficios tributarios actualmente aplicables a las mismas son algunos de los objetivos del nuevo régimen de donaciones propuesto por el ejecutivo.
El pasado domingo 25 de julio ingresó al Congreso una nueva Ley de Donaciones propuesta por el Ejecutivo. Entre los objetivos, se busca favorecer y facilitar la colaboración de los privados en las acciones dirigidas al bienestar social. Para ello, se propone la creación de un portal digital y público de donaciones –en línea con la creciente digitalización del Estado–; la incorporación de nuevos fines de las donaciones, entre ellos, la salud, la protección del medio ambiente, la promoción de la diversidad y la equidad de género, el desarrollo y protección infantil y de los pueblos originarios; y la ampliación de los incentivos tributarios.
Entre los beneficios tributarios propuestos, encontramos la exención del impuesto a las donaciones, del IVA y de los aranceles aduaneros cuando sean aplicables; la liberación del trámite judicial de insinuación, y la deducción del monto total de la donación de la renta tributable, sujeto a límites distintos al Límite Global Absoluto de las donaciones. A su vez, exime expresamente del pago del impuesto al gasto rechazado (40%) a las donaciones realizadas en exceso.
El proyecto hace aplicables dichos beneficios a los contribuyentes de impuesto de primera categoría, a las pymes sujetas a régimen de transparencia tributaria, a los contribuyentes de impuesto global complementario e impuesto único de segunda categoría, e incluso a los contribuyentes de impuesto adicional; permitiendo también nuevos mecanismos de donación, como el descuento por planilla realizado directamente por los empleadores a sus trabajadores.
Es de esperar que esta iniciativa logre cumplir con sus objetivos, favoreciendo la colaboración de la sociedad civil y los privados “en la identificación y solución de problemas sociales, así como también en la promoción de diversos intereses y bienes públicos, […] particularmente en sectores donde, por diversos motivos, las políticas del Estado llegan con mayor dificultad”.