La Agencia Nacional de Ciberseguridad (ANCI) publicó el 4 de junio su Instrucción General N° 1, donde se refiere a la inscripción en la Plataforma de Reporte de Incidentes exigida a las instituciones calificadas como prestadores de servicios esenciales, conforme a la Ley Marco de Ciberseguridad (Ley N° 21.663), para cumplir con sus obligaciones de reporte.
La instrucción entrará en vigencia el próximo miércoles 11 de junio de 2025, y su incumplimiento será considerado como infracción leve, con multas de hasta 5.000 UTM.
¿Quiénes deben registrarse?
Las instituciones calificadas como prestadores de servicios esenciales. Conforme el art. 4 de Ley Marco de Ciberseguridad son servicios esenciales aquellos provistos por los organismos de la Administración del Estado y por el Coordinador Eléctrico Nacional; los prestados bajo concesión de servicio público, y los proveídos por instituciones privadas que realicen las siguientes actividades:
- Energía (generación, transmisión, distribución eléctrica).
- Combustible (transporte, almacenamiento o distribución).
- Agua potable y saneamiento.
- Telecomunicaciones e infraestructura digital.
- Servicios digitales y TI gestionados por terceros.
- Transporte (terrestre, aéreo, ferroviario o marítimo), así como la operación de su infraestructura respectiva.
- Banca, servicios financieros y medios de pago.
- Administración de prestaciones de seguridad social.
- Servicios postales y de mensajería.
- Salud institucional (hospitales, clínicas, consultorios y centros médicos).
- Producción o investigación farmacéutica.
Asimismo, la ANCI podrá calificar otros servicios como esenciales cuando su afectación pueda causar un grave daño a la vida o integridad de la población, al abastecimiento, a sectores relevantes de la economía, al medioambiente, al normal funcionamiento de la sociedad y la Administración del Estado, a la defensa nacional o a la seguridad y el orden público.
¿En qué consiste la inscripción?
La inscripción debe realizarse a través del portal https://portal.anci.gob.cl, por la persona que asumirá el rol de encargado/a de reportar incidentes, quien será la contraparte técnica ante la ANCI y deberá contar con formación o experiencia en ciberseguridad.
Para registrarse en la plataforma se deberán seguir los pasos indicados en https://anci.gob.cl/registro-plataforma y realizar el proceso de autenticación a través de los siguientes mecanismos:
- Inscripción utilizando la clave única del encargado/a de reportar los ciberataques o incidentes de ciberseguridad.
- Luego el encargado/a deberá activar un segundo factor de autenticación, a través de una aplicación de códigos temporales (TOTP, o Time-Based One Time Password) o mediante passkeys.
- Se debe informar la casilla electrónica institucional de contacto con la ANCI
- Adjuntar:
- Documento firmado por el representante legal de su institución mediante firma electrónica avanzada, que acredite su designación del encargado; y
- Documentos y/o antecedentes que acrediten la designación del representante legal de la institución, y las facultades en virtud de las cuales firma el documento de designación del encargado.
Si no hicieran envío de estos documentos o ellos no permitieran la identificación precisa de la institución, del representante legal o de la persona encargada, se notificará a la institución para que subsane dicha circunstancia en el plazo de 5 días hábiles contados desde la notificación que la ANCI envíe mediante correo electrónico, bajo apercibimiento de tener por no realizada la inscripción.
Otras consideraciones
- El canal oficial de comunicación con la ANCI será el correo electrónico institucional informado al momento del registro.
- Una misma persona puede estar a cargo del reporte en más de una institución, pero debe realizar una inscripción por cada una.
- Si la institución así lo estimare podrá registrarse más de un encargado/a de realizar los reportes de ciberseguridad, individualizando al encargado/a titular y a los encargados/as subrogantes. En caso de no indicar aquello, se considerará titular a la primera persona registrada.
- Las instituciones deben notificar inmediatamente a la ANCI si el encargado/a cesa sus funciones.