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Hacia la sostenibilidad tributaria: Cómo lograr la Certificación Anual 

Este nuevo concepto de sostenibilidad tributaria, introducido en la última reforma tributaria, se refiere al conjunto de medidas que un contribuyente implementa con el objeto de fomentar la cooperación mutua con el SII y la transparencia en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.  

Recientemente, el SII ha emitido resoluciones (las resoluciones 70, 71 y 72) respecto de la manera de obtener la certificación anual de sostenibilidad tributaria y sobre la regulación de las Empresas Certificadoras Independientes (“ECI”) y su inscripción ante el SII.  

Si bien el proceso de certificación puede ser largo y exhaustivo, y no impide ser sometido a revisiones aleatorias durante el período en que el contribuyente esté certificado, resulta beneficioso para aquéllos que busquen una cooperación más directa con el SII en sus operaciones y facilitar así el cumplimiento tributario y eventuales revisiones del mismo.  

Procedimiento de certificación 

El procedimiento para lograr la certificación anual comienza con la realización de una solicitud, que puede ser presentada por un contribuyente individual o por un grupo de contribuyentes pertenecientes al mismo grupo empresarial (“GE”), actuando de manera coordinada y centralizada. 

Entre los requisitos exigidos se encuentran:  

(a) Implementación de estándares internacionales de transparencia o divulgación de información de sus políticas o estrategias tributarias para el cumplimiento de sus obligaciones;  

(b) Evidenciar un buen comportamiento tributario;  

(c) Contar con un nivel de contribución impositiva que pueda ser explicada en base a criterios objetivos;  

(d) Implementación de una gobernanza fiscal, marco de control fiscal y matriz de riesgo en los cuales se identifiquen las políticas fiscales aprobadas por el directorio o equivalente;  

(e) Contar con una reputación alineada con el interés institucional del SII; y  

(f) Contar con un apoderado debidamente registrado ante el SII, para mantener las comunicaciones y coordinación a efectos de llevar a cabo las medidas de colaboración. 

Asimismo, se establecen criterios que impiden obtener dicha certificación. Entre otros, se excluye a los contribuyentes que se encuentren en procedimientos penales o condenados por delitos tributarios, o bajo fiscalización por Norma General Anti-Elusiva; quienes hayan recibido sanciones pecuniarias por parte del Director, o que registren antecedentes y/o documentos tributarios por justificar.  

Como parte del procedimiento, se exige la entrega de variados antecedentes y visitas a terreno por parte de la ECI, quien debe elaborar un informe con los resultados del análisis realizado a las políticas tributarias y demás antecedentes de la empresa, para poder emitir el certificado de sostenibilidad tributaria. Luego de la emisión del certificado, la ECI debe enviar diversos antecedentes al SII, incluyendo el informe y certificación emitidos, junto a una copia del documento que contenga la Gobernanza Fiscal y el Marco de Control Fiscal de la empresa o grupo de empresas que se certifican. Dichos documentos deben ser evaluados por el SII, quien debe emitir una resolución que autorice o rechace la incorporación del contribuyente o GE al Registro de Transparencia Tributaria. 

La certificación tiene una vigencia de un año, prorrogable hasta por dos periodos tributarios adicionales. Cumplido este plazo máximo de tres años, el contribuyente o GE debe someterse a una nueva revisión integral para efectos de renovar la certificación. Sin perjuicio de ello, durante la vigencia de la certificación, el SII puede efectuar revisiones respecto del cumplimiento continuo de los estándares exigidos, teniendo la facultad de excluir a un contribuyente del Registro si deja de cumplir con los mismos. 

Procedimiento de suscripción y ejecución de acuerdos de cooperación con grupos empresariales

Alternativamente, los contribuyentes pueden firmar con el SII Acuerdos de Cooperación destinados a promover la sostenibilidad tributaria, los cuales producen los mismos efectos que la certificación anual emitida por una ECI, y está sujeta a los mismos requisitos y exclusiones.  

Para suscribir un Acuerdo de Cooperación los grupos empresariales interesados pueden enviar una solicitud a través de su apoderado, aunque también se establece la opción de que sea el propio SII quien invite al contribuyente a suscribir un Acuerdo. 

El proceso de suscripción de un Acuerdo comienza con la evaluación del cumplimiento de requisitos y condiciones establecidos. Si la evaluación es favorable, la Subdirección de Fiscalización enviará una invitación para suscribir un Acuerdo, lo que se concreta mediante una reunión ejecutiva con el apoderado del GE y la posterior firma del Acuerdo. 

Finalmente, una vez suscrito el Acuerdo de Cooperación, se deben ejecutar los compromisos establecidos mediante la definición, implementación y evaluación de un Plan de Cumplimiento Tributario. Adicionalmente, se otorga al contribuyente la certificación de Sostenibilidad Tributaria, la cual tendrá una vigencia anual, prorrogable por hasta dos periodos tributarios adicionales. Luego de dichos plazos, se requiere la renovación del acuerdo y definir e implementar un nuevo Plan de Cumplimiento Tributario para el nuevo periodo. 

Contenido mínimo para la implementación de la Gobernanza Fiscal y Marco de Control Fiscal

De acuerdo a las directrices entregadas, para que un GE logre la sostenibilidad tributaria, debe demostrar: 

(a) Una política de Gobernanza Fiscal adecuada. Esto implica que la política, estrategia y los procedimientos relacionados con materias tributarias relevantes para el GE sean definidos, aprobados y respaldados por el Directorio o su figura equivalente.  

(b) La existencia de un Marco de Control Fiscal. Esto es, el sistema de control interno y de gestión de riesgos de un GE en materias tributarias, el que debe ser consistente con la política y estrategias definidas en la Gobernanza Fiscal, y debe integrarse con la planificación y toma de decisiones estratégicas del negocio. 

Las resoluciones emitidas, contienen los contenidos mínimos que ambos documentos deben incorporar para cumplir con los estándares esperados.  

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